Ley y fiscalidadActualizado el 26 de octubre de 2026 · 8 min

Intereses de demora 2026 en operaciones comerciales: tipo y cálculo

Si un cliente te paga tarde, la ley te da derecho a cobrarle intereses desde el día siguiente al vencimiento. Aquí tienes el tipo de cada semestre desde 2023, la fórmula, dos ejemplos resueltos y en qué se diferencia del interés de demora de Hacienda y del interés legal del dinero.

Por Equipo de Zeryx · Actualizado el 26 de octubre de 2026 · Datos comprobados en fuentes oficiales

En corto
  • El interés de demora entre empresas es del 10,40 % anual en el segundo semestre de 2026 y fue del 10,15 % en el primero. Es el tipo del BCE más ocho puntos.
  • Se cuenta desde el día siguiente al vencimiento hasta el día del pago, sin necesidad de avisar al cliente.
  • Fórmula: importe × tipo × días / 365, separando los días de cada semestre si el retraso cruza de uno a otro.
  • Además de los intereses, puedes reclamar 40 € por factura. Ninguna de las dos cantidades lleva IVA.

Interés de demora en operaciones comerciales 2026

En las operaciones entre empresas y con la Administración, el tipo legal de interés de demora es 10,15 % en el primer semestre de 2026 y 10,40 % en el segundo semestre de 2026. Lo fija el artículo 7 de la Ley 3/2004 de morosidad y lo publica cada semestre la Secretaría General del Tesoro en el BOE.

La regla es fija: el tipo de la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo antes de que empiece el semestre, más ocho puntos porcentuales. Ese tipo se aplica durante los seis meses siguientes.

SemestreTipo BCEInterés de demoraBOE
1.er semestre 20232,50 %10,50 %BOE-A-2022-24416
2.º semestre 20234,00 %12,00 %BOE-A-2023-15221
1.er semestre 20244,50 %12,50 %BOE-A-2023-26709
2.º semestre 20244,25 %12,25 %BOE-A-2024-13089
1.er semestre 20253,15 %11,15 %BOE-A-2024-27618
2.º semestre 20252,15 %10,15 %BOE-A-2025-13217
1.er semestre 20262,15 %10,15 %BOE-A-2025-27201
2.º semestre 20262,40 %10,40 %BOE-A-2026-14327

Si en el contrato pactaste otro tipo, se aplica el pactado. Pero no puede ser cualquiera: un tipo un 70 % inferior al legal se considera abusivo salvo prueba en contrario (art. 9 de la Ley 3/2004). Con el 10,40 % actual, eso es un 3,12 % o menos.

No lo confundas: demora comercial, demora tributaria e interés legal

Cuando buscas "intereses de demora 2026" aparecen tres tipos distintos. Solo uno es el que cobras a un cliente que te paga tarde:

Tipo2026Para qué sirve
Interés de demora comercial (Ley 3/2004)10,15 % (1.er sem.) y 10,40 % (2.º sem.)Facturas entre empresas o con la Administración que se pagan tarde
Interés de demora tributario (art. 26.6 LGT)4,0625 %Lo que cobra Hacienda cuando pagas un impuesto tarde o te devuelve con retraso
Interés legal del dinero3,25 %Deudas civiles cuando no hay pacto ni ley especial, por ejemplo entre particulares

El interés legal del dinero (3,25 %) y el de demora tributario (4,0625 %) los fijó la Ley 31/2022 de Presupuestos Generales del Estado para 2023. Como esos presupuestos siguen prorrogados, la Agencia Tributaria indica que se mantienen en 2026 hasta que se apruebe y entre en vigor una nueva Ley de Presupuestos.

Cómo calcular los intereses de demora

La fórmula para calcular intereses de demora de una factura es:

Fórmula
Intereses = importe pendiente × tipo anual × días de retraso / 365

Si el retraso cruza de un semestre a otro:
Intereses = (importe × tipo del semestre 1 × días en el semestre 1 / 365) + (importe × tipo del semestre 2 × días en el semestre 2 / 365)

Cuatro decisiones que cambian el resultado:

  • Qué importe. El importe que te deben, IVA incluido: la Directiva europea de morosidad (2011/7/UE), que la Ley 3/2004 incorpora, define la cantidad adeudada incluyendo los impuestos que figuran en la factura. Si el cliente pagó una parte, calcula sobre lo pendiente.
  • Desde cuándo. Desde el día siguiente al vencimiento. Si no hay vencimiento pactado, el plazo es de 30 días desde que el cliente recibió la mercancía o el servicio.
  • Hasta cuándo. Hasta el día en que recibes el pago. Si todavía no ha pagado, hasta hoy, y siguen corriendo.
  • Qué tipo. El de cada semestre para los días que caen en él. Un retraso del 15 de mayo al 14 de agosto de 2026 tiene una parte al 10,15 % y otra al 10,40 %.

Una regla rápida para hacerte una idea: con el 10,40 %, cada 1.000 € de deuda generan unos 0,28 € al día, unos 8,5 € al mes.

Herramienta gratisCalculadora de intereses de demora →Los intereses y la indemnización que puedes reclamar por una factura que se paga tarde.

Ejemplos de cálculo con números

Ejemplo 1: retraso dentro del mismo semestre

Talleres Ribera emite una factura de 5.000 € (IVA incluido) a Distribuciones Llano con vencimiento el 31 de agosto de 2026. El cliente paga el 30 de octubre de 2026.

  • Días de retraso: del 1 de septiembre al 30 de octubre, 60 días.
  • Tipo: 10,40 % (segundo semestre de 2026).
  • Intereses: 5.000 × 0,104 × 60 / 365 = 85,48 €.
  • Indemnización por costes de cobro: 40 €.
  • Total que puede reclamar además de la factura: 125,48 €.

Ejemplo 2: el retraso cruza dos semestres

Gráficas Sol factura 12.000 € (IVA incluido) a Hoteles Brisa con vencimiento el 15 de mayo de 2026. El pago llega el 14 de agosto de 2026: 91 días tarde, repartidos entre dos semestres.

TramoDíasTipoIntereses
16 de mayo a 30 de junio de 20264610,15 %12.000 × 0,1015 × 46 / 365 = 153,50 €
1 de julio a 14 de agosto de 20264510,40 %12.000 × 0,104 × 45 / 365 = 153,86 €
Total91307,36 €

Con los 40 € de indemnización, Gráficas Sol puede reclamar 347,36 € además de la factura.

Si hubiera aplicado el 10,40 % a los 91 días, le saldrían 311,15 €. La diferencia es pequeña, pero en una reclamación formal conviene hacer el cálculo bien: un cliente que discute la cifra gana tiempo.

Cómo reclamar los intereses de demora

Los intereses se generan solos (art. 5 de la Ley 3/2004), pero cobrarlos requiere pedirlos. Lo habitual es:

  1. Decide si los reclamas. Con un buen cliente que se ha retrasado una vez, muchas empresas no los piden. Con uno que paga tarde siempre, son una forma de que el retraso le cueste algo.
  2. Inclúyelos en la carta de reclamación. Detalla factura, vencimiento, días, tipo aplicado e importe, y suma los 40 € por factura. Puedes prepararla con el generador de cartas de reclamación.
  3. Usa un medio que deje constancia. Si la reclamación puede acabar en el juzgado, envíala por burofax. Te sirve como prueba y como intento de acuerdo previo.
  4. Reclámalos en el juzgado si hace falta. En el procedimiento monitorio puedes pedir la deuda principal, los intereses devengados y la indemnización.

Un apunte práctico: si el cliente paga la factura pero no los intereses, la reclamación de los intereses sigue siendo posible, aunque en la práctica pocas empresas la llevan adelante sola. Lo que más pesa es mencionarlos antes del pago, cuando aún hay algo que negociar.

¿Los intereses de demora llevan IVA?

No. Los intereses de demora no son el precio de una venta ni de un servicio: son una indemnización por el retraso. La Ley del IVA excluye de la base imponible las cantidades percibidas por indemnizaciones que no constituyan contraprestación de entregas de bienes o prestaciones de servicios (art. 78.Tres.1.º de la Ley 37/1992). Lo mismo ocurre con los 40 € por costes de cobro.

No los confundas con los intereses por aplazamiento pactado del precio (por ejemplo, cuando acuerdas cobrar en doce plazos con un recargo). Esos son una operación financiera distinta, con su propio tratamiento.

Como no llevan IVA, para reclamarlos no hace falta una factura con IVA: basta con una liquidación o nota de cargo que detalle el cálculo.

Intereses de demora: cuenta contable

En el Plan General de Contabilidad no hay una cuenta específica para los intereses de demora comerciales. Las que se usan son:

QuiénCuenta habitualQué dice el PGC
Acreedor (cobras los intereses)762 Ingresos de créditos o 769 Otros ingresos financierosLa 762 recoge los intereses de "préstamos y otros créditos" y puede cargarse contra cuentas de clientes (subgrupo 43). La 769, los ingresos financieros no recogidos en otras cuentas
Deudor (pagas los intereses)6624 Intereses de deudas, otras empresas o 669 Otros gastos financierosLa 662 recoge los intereses de "otras deudas" y puede abonarse a cuentas de proveedores (subgrupo 40). La 669, los gastos financieros no recogidos en otras cuentas

La 6623 es para intereses de deudas con entidades de crédito, así que no encaja con lo que pagas a un proveedor. Elige un criterio con tu asesor y mantenlo cada año.

Preguntas frecuentes

Para facturas entre empresas, el 10,15 % anual en el primer semestre de 2026 y el 10,40 % en el segundo. El interés de demora tributario, el que cobra Hacienda, es el 4,0625 %, y el interés legal del dinero, el 3,25 %, mientras sigan prorrogados los presupuestos de 2023.

Desde el día siguiente al vencimiento de la factura, sin necesidad de avisar al cliente. Si no se pactó vencimiento, el plazo es de 30 días desde que el cliente recibió la mercancía o el servicio, y los intereses corren a partir del día 31.

Importe pendiente × tipo anual × días de retraso / 365. Si el retraso pasa de un semestre a otro, calcula cada tramo con su tipo y suma los resultados. A ese importe se le añaden 40 € por factura como indemnización.

Sobre lo que te deben, IVA incluido. La Directiva europea de morosidad define la cantidad adeudada incluyendo los impuestos que figuran en la factura.

No. Son una indemnización por el retraso y la Ley del IVA las excluye de la base imponible (art. 78.Tres.1.º). Tampoco llevan IVA los 40 € por costes de cobro.

Sí, el pactado prevalece sobre el legal. Pero es nulo excluirlos y se presume abusivo un tipo un 70 % inferior al legal, salvo que se pruebe que no lo es. Con el tipo del segundo semestre de 2026, eso es un 3,12 % o menos.

Quien los cobra suele usar la 762 o la 769; quien los paga, la 6624 o la 669. El PGC no tiene una cuenta específica, así que lo importante es aplicar el mismo criterio cada año.

Fuentes

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