Por Equipo de Zeryx · Actualizado el 26 de octubre de 2026 · Datos comprobados en fuentes oficiales
- MASC son las siglas de medios adecuados de solución de controversias. La Ley Orgánica 1/2025 los convierte en requisito de procedibilidad: sin intento previo, el juzgado no admite la demanda.
- Se aplica a casi todas las reclamaciones de deuda, también al monitorio. Quedan fuera, entre otros, el monitorio europeo, el juicio cambiario y la demanda ejecutiva.
- Para una factura impagada sin disputa, lo más práctico es una propuesta de negociación enviada por un medio que acredite contenido y recepción, como el burofax.
- Si el deudor no responde en 30 días naturales desde que la recibe, el intento termina sin acuerdo. Desde ahí tienes un año para demandar.
- Negarse a negociar sin justa causa tiene consecuencias en las costas, para quien reclama y para quien debe.
Qué es el MASC y desde cuándo es obligatorio
El MASC es cualquier actividad negociadora a la que las partes de un conflicto acuden de buena fe para intentar resolverlo sin juicio, por sí mismas o con un tercero neutral (artículo 2 de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia). La ley entró en vigor el 3 de abril de 2025.
Lo que cambia para quien reclama una deuda está en el artículo 5: en el orden civil, para que se admita la demanda hay que haber acudido antes a algún MASC. Es un requisito de procedibilidad. Si no lo cumples o no lo acreditas, la demanda no se admite (artículo 403.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
Dos condiciones que conviene tener presentes desde el principio:
- Identidad de objeto. Lo que negociaste tiene que ser lo mismo que reclamas después. Si el intento mencionaba tres facturas y demandas por cinco, las otras dos no están cubiertas.
- Buena fe. El intento tiene que ser real. Un mensaje que solo exige el pago, sin ninguna disposición a hablar, puede no considerarse negociación.
Cuándo se aplica el MASC a una reclamación de deuda
La ley exige la negociación previa en todos los procesos declarativos del libro II de la Ley de Enjuiciamiento Civil (juicio verbal y ordinario) y en los procesos especiales del libro IV, salvo una lista de materias que no afectan a las deudas comerciales. Para reclamar facturas, el resumen es este:
| Vía | ¿Exige MASC? |
|---|---|
| Monitorio | Sí. Está en el libro IV de la Ley de Enjuiciamiento Civil |
| Juicio verbal u ordinario | Sí |
| Juicio que sigue a la oposición en un monitorio | No hace falta repetirlo si ya lo hiciste antes del monitorio |
| Juicio cambiario (pagarés, cheques, letras) | No. Está excluido expresamente |
| Demanda ejecutiva (por ejemplo, con un título ejecutivo) | No |
| Monitorio europeo y proceso europeo de escasa cuantía | No |
| Deudor que es una administración o entidad del sector público | No. Queda fuera del ámbito de esta ley |
| Deudor en concurso de acreedores | No. La materia concursal está excluida |
MASC y monitorio
Es la pregunta más buscada y la respuesta corta es sí: el monitorio exige MASC. El texto de la ley lo incluye al citar los procesos especiales del libro IV, donde está el monitorio, y solo excluye el monitorio europeo. Los criterios publicados por las juntas de jueces y de letrados de la Administración de Justicia en los primeros meses de aplicación coinciden en exigirlo para la petición inicial del monitorio y en no exigirlo otra vez en el juicio que se abre si el deudor se opone.
Qué medios valen como MASC
La ley no te obliga a ir a un mediador. Vale cualquier actividad negociadora reconocida en la propia ley o en otras, incluida la negociación directa entre las partes. Los más usados para reclamar una deuda:
Para la mayoría de facturas impagadas, la negociación directa basta: una propuesta escrita con la deuda identificada y una solución (pagar el principal, un calendario de pagos, renunciar a parte de los intereses), enviada de forma que puedas probar que el deudor la recibió. Tienes un modelo listo en la guía del burofax de reclamación de deuda, y modelos para los avisos previos en la de carta de reclamación de deuda.
Plazos: cuánto esperar y hasta cuándo puedes demandar
El intento de negociación se considera terminado sin acuerdo en cualquiera de estos casos (artículo 10.4 de la Ley Orgánica 1/2025):
- Pasan 30 días naturales desde que el deudor recibe la solicitud sin que haya una primera reunión o contacto, o sin respuesta por escrito.
- Una vez iniciada la negociación, pasan 30 días desde que una parte recibe una propuesta concreta sin acuerdo ni respuesta por escrito.
- Pasan tres meses desde la primera reunión sin acuerdo, salvo que las dos partes decidan seguir.
- Una de las partes comunica por escrito a la otra que da por terminadas las negociaciones.
Hay plazos propios para algunos medios: la oferta vinculante confidencial decae si no se acepta en un mes o en el plazo mayor que fijes (artículo 17.4), y en la conciliación, a efectos de prescripción, el plazo para que el conciliador contacte con el deudor y para que este responda es de 15 días naturales (artículo 7.2).
Un año para demandar
Si la solicitud no tiene respuesta o la negociación termina sin acuerdo, debes presentar la demanda o el monitorio en el plazo de un año desde la recepción de la solicitud o desde que terminó la negociación (artículo 7.3). Si lo dejas pasar, tendrás que repetir el intento.
| Ejemplo: Suministros Norte reclama a Talleres Ebro | Fecha |
|---|---|
| Talleres Ebro recibe el burofax con la propuesta | 3 de noviembre de 2026 |
| Sin respuesta: el intento termina sin acuerdo | 3 de diciembre de 2026 |
| Puede presentar el monitorio a partir de | 4 de diciembre de 2026 |
| Fecha límite para presentarlo sin repetir el intento | 3 de noviembre de 2027 |
Cómo acreditar el MASC en la demanda o en el monitorio
El intento tiene que quedar por escrito (artículo 10.1). Cómo se prueba depende de si interviene un tercero:
- Sin tercero neutral (negociación directa): un documento firmado por ambas partes con la fecha, el objeto y la declaración de que negociaron de buena fe; o, si el deudor no colaboró, cualquier documento que pruebe que recibió la solicitud, en qué fecha y que pudo acceder a su contenido íntegro (artículo 10.2). Aquí encajan el burofax con certificación de texto y acuse de recibo, el requerimiento notarial o el correo electrónico certificado.
- Con tercero neutral (mediador, conciliador, notario): el tercero expide a petición de cualquiera de las partes un certificado con las partes, el objeto, las reuniones y, si el deudor no acudió, la constancia de la citación (artículo 10.3).
- Oferta vinculante confidencial: basta indicarlo en la demanda y adjuntar el justificante de envío y de recepción, sin mencionar el contenido de la oferta (artículo 17.4).
En la demanda o en la petición de monitorio tienes que describir el proceso de negociación y aportar el documento que lo acredita (artículos 264.4 y 399.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Si no conoces el domicilio del deudor ni ningún medio para contactarle, puedes presentar una declaración responsable explicando esa imposibilidad.
Qué suelen admitir los juzgados como prueba
| Medio | Criterio habitual |
|---|---|
| Burofax con certificación de texto y acuse de recibo | Admitido |
| Requerimiento o acta notarial | Admitido |
| Correo certificado con certificación de contenido o correo electrónico certificado | Admitido en general |
| Correo electrónico normal | Admitido por muchos juzgados si es el canal habitual entre las partes y consta la recepción, por ejemplo porque el deudor respondió |
| WhatsApp, llamadas o grabaciones | Varios criterios de juntas no los admiten como prueba del intento |
Efecto del MASC sobre la prescripción de la deuda
Iniciar un MASC no te hace perder plazo. La solicitud de negociación interrumpe la prescripción desde la fecha en que consta el intento de comunicación al deudor, en su domicilio, lugar de trabajo o por el medio electrónico que usabais habitualmente (artículo 7.1 de la Ley Orgánica 1/2025). La interrupción dura hasta que se firma un acuerdo o termina la negociación sin él.
Ojo con el matiz: si el deudor no contesta en 30 días naturales, el cómputo de la prescripción se reinicia desde ese momento. Además, cualquier reclamación extrajudicial ya interrumpía la prescripción según el artículo 1973 del Código Civil. En la práctica, un burofax bien redactado cumple las dos funciones. Más detalle en cuándo prescribe una factura impagada.
Costas si no se intenta el MASC de buena fe
La ley castiga a quien usa el MASC como un trámite vacío o se niega a negociar sin motivo. Las reglas que afectan a una reclamación de deuda:
- Si el deudor se negó a negociar y después se allana (reconoce la deuda en el juicio), se le condena en costas salvo circunstancias excepcionales (artículo 395.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Haberle requerido de forma fehaciente o que rechazara el acuerdo ofrecido se considera mala fe a efectos de costas (artículo 395.1).
- Si quien gana el juicio rehusó sin justa causa participar en un MASC al que fue convocado, no se le reconocen las costas (artículo 394.1).
- Si la estimación es parcial, el juez puede condenar en costas a quien no acudió sin justificación al MASC (artículo 394.2).
- Si hiciste una propuesta razonable que el otro rechazó y la sentencia coincide sustancialmente con ella, puedes pedir que se te exonere o se modere la condena en costas (artículo 245.5).
- Abuso del servicio público de Justicia: el tribunal puede imponer multas de 180 a 6.000 €, sin superar un tercio de la cuantía del litigio (artículo 247.3).
La lección práctica: haz una propuesta que un juez vería razonable y guarda la prueba. Si el deudor la ignora y luego paga en el juzgado, lo más probable es que pague también las costas.
Preguntas frecuentes
Fuentes
- Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia: artículos 2 a 18 (BOE)
- Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil: artículos 245, 247, 264, 394, 395, 399, 403 y 812 a 818 (BOE)
- Código Civil: artículo 1973, interrupción de la prescripción (BOE)
- Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles (BOE)